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Formular y proponer la política del Estado para la Defensa y la Seguridad Nacional, en los ámbitos militar y no militar, y someterla a la aprobación del Consejo de Defensa Nacional para aplicarla en lo que corresponde al Ministerio de Defensa, y coordinar con los demás ministerios encargados de su ejecución. |
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Participar en el Consejo de Defensa Nacional, a fin de determinar las políticas de Defensa Nacional, así como disponer lo necesario para su implementación y ejecución. |
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Garantizar el accionar conjunto de los Institutos de las Fuerzas Armadas en el mantenimiento de la independencia, soberanía e integridad territorial de la República, asegurando la debida preparación y capacitación, así como la administración de los recursos presupuestales, de acuerdo a ley. |
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Participar en la Defensa Civil, de acuerdo a ley. |
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Participar a través de los organismos pertinentes, en las misiones de paz internacionales a que se comprometa el Estado Peruano de acuerdo a ley. |
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Participar y fomentar la implementación de políticas y acuerdos internacionales, destinados a garantizar la defensa regional y seguridad hemisférica. |
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Establecer y dirigir la política de registros, clasificación y distribución del potencial humano destinado a la reserva de las Fuerzas Armadas. |
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Ejecutar, en coordinación con los organismos pertinentes, la política de Estado en la Antártida. |
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Fomentar, estimular los estudios y trabajos científicos, técnicos y académicos de interés para la Defensa Nacional. |
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Planear, dirigir, coordinar y ejecutar la Movilización Nacional. |
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