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Ejercer la representación del Estado en el ámbito internacional. |
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Participar en la formulación, ejecución y evaluación de la Política Exterior, conforme a la Política General del Estado. |
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Ejercer a través del Servicio Exterior las actividades inherentes a la gestión diplomática. |
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Participar en el Sistema de Defensa Nacional. |
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Proteger, cautelar y promover los intereses del Estado y de los nacionales en el exterior. |
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Cumplir con las obligaciones que le asigne el ordenamiento jurídico nacional. |
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Negociar y suscribir los tratados y demás instrumentos internacionales y, en coordinación con los sectores correspondientes, contribuir a su aplicación. |
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Construir y mantener el registro y archivo únicos de los instrumentos internacionales en el Perú, publicar y expedir copias certificadas de los mismos, y velar por su cumplimiento. |
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Asegurar la comunicación del Estado con los demás Estados y las organizaciones internacionales. |
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Coordinar con los gobiernos regionales y locales en todos los asuntos que se indican en las vinculaciones externas. |
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Coordinar las actividades de otros sectores públicos y entidades privadas en las gestione del Estado en el Exterior; |
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Coordinar todo lo relacionado con las fronteras y los límites del país, las cuestiones que atañen a sus zonas fronterizas, su espacio aéreo y marítimo, así como la política antártica. |
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Nombrar a todas las personas que deben desempeñar funciones oficiales en el exterior, a las delegaciones gubernamentales que participen en reuniones internacionales, a otras delegaciones y misiones especiales; así como dar carácter oficial a la celebración de reuniones internacionales en el territorio de la República. |
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Reconocer, registrar y autorizar la actuación en el Perú de las Organizaciones No Gubernamentales, cualquiera que sea su finalidad. |
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