1.- ¿Las declaraciones juradas ya no se ingresarán como archivos .PDF?
Los Funcionarios responsables de actualizar el PTE registrarán la información de Declaraciones Juradas mediante un formulario, el cual se encuentra disponible en el módulo de administración en la opción de ENLACES, en el botón "Declaraciones", donde deben registrar los datos que solicita el sistema. Este procedimiento se realizará hasta cuando la Contraloría General de la República culmine con el proceso de implementar un servicio web para compartir su información con el PTE.
2.- ¿Cómo se ingresará la información del rubro de personal dentro del Portal de Transparencia?
Los Funcionarios Responsables de actualizar el PTE, deben ingresar a la opción de ENLACES, donde visualizarán un botón "REGISTRO DE PERSONAL" donde encontrarán el formato estándar de migración para descargarlo, el cual deberá ser llenado de acuerdo a los datos solicitados para luego cargarlo y migrarlo al sistema del PTE.
El mismo procedimiento se realiza con los contenidos de información en contrataciones referido a las opciones de Viáticos, Telefonía, etc.
3.- ¿Por qué desde el año 2013 no se activa el rubro temático de personal en las entidades?
Porque se modificó el procedimiento de registro de la información, anteriormente era el Ministerio de Trabajo quien remitía la información a ONGEI para luego ser validada por cada entidad, a partir de ese año y luego de la evaluación a la actualización de la información en este rubro se consideró que la actualización lo realizaría directamente cada entidad a través de la opción "ENLACES" y luego la opción "Registro de Personal" donde encontrarán un formato estándar de descarga para ser llenado y luego migrarlo al PTE
4.- ¿Existe algún tamaño como máximo para poder cargar los enlaces dentro del portal?
Sí, dentro del Portal se permite subir archivos en formato PDF y .doc que no pesen más de 1Mb, si es menos mucho mejor o de lo contrario si el archivo lo tienen publicado en alguna página web entonces solo colocar la ruta web en donde redireccione el archivo sin tener que cargar el archivo ya que existen dos maneras de publicar la resolución dentro del módulo que son: Subir el archivo en formato .pdf ó Colocar la ruta web del archivo.